Nuestros términos y condiciones están actualizados

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FAK Group – Términos & condiciones de Servicio.

​Todos los cargamentos hacia y desde el Cliente, término que incluirá al exportador, importador, expedidor, receptor, propietario, consignador, cedente o cesionario de los cargamentos, serán manejados con razonable celeridad por FAK Distribution, LLC (en adelante denominada la «Empresa») sujeto a los siguientes términos y condiciones. Al presentar un envío a la Empresa, el Cliente acepta que estos términos y condiciones, tal y como sean modificados de vez en cuando por la Empresa a su discreción, constituyen un contrato vinculante.

1. Servicios por parte de terceros. A menos que la Empresa realmente transporte, almacene o, de otro modo, maneje físicamente el cargamento y la pérdida, daño, gasto o demora ocurra durante tal actividad, la Empresa no es responsable como transportista y no debe considerarse responsable de ninguna pérdida, daño, gasto o demora de los productos a ser enviados o importados excepto lo estipulado en el párrafo 12 y sujeto a las limitaciones el párrafo 10 a continuación, pero se compromete a solo emplear un cuidado razonable en la selección de transportistas, camioneros, cargadores, transportistas, agentes de aduanas, agentes, almacenistas y otros a los que pueda confiar las mercancías para su transporte, acarreo, manipulación, entrega, almacenamiento u otros. Con respecto a las operaciones de corretaje autorizadas por la Empresa que involucra a transportistas motorizados domiciliados en EE. UU. y que operan bajo la ley estadounidense en nombre del Cliente, «cuidado razonable» significará que la Empresa ha hecho esfuerzos razonables para colocar los envíos del Cliente con transportistas motorizados: (i) que estén autorizados para realizar los servicios que el Cliente necesita; (ii) que no tengan una calificación de seguridad «insatisfactoria» del Departamento de Transporte de los EE. UU.; y (iii) que posean todas las coberturas de seguro exigidas por la legislación aplicable. Cuando la Empresa transporta, almacena y, de otro modo, maneja físicamente el cargamento, lo hace sujeto a las limitaciones de responsabilidad establecidas en el párrafo 10 a continuación.

2. Limitaciones de responsabilidad de terceros. La Empresa está autorizada a, a su discreción y sujeta a los estándares establecidos en este documento, seleccionar e involucrarse con a transportistas, camioneros, cargadores, transitarios, agentes de aduanas, almacenistas y otros, según sea necesario, para transportar, almacenar, lidiar con y entregar las mercancías, todas las cuales serán consideradas como los agentes del Cliente, y la mercancía podrá ser confiada a dichos agentes con sujeción a todas las condiciones de limitación o responsabilidad por pérdidas, daños, gastos o retrasos y a todas las normas, reglamentos, requisitos y condiciones, ya sean impresos, escritos o estampados, que aparezcan en los conocimientos de embarque, recibos o tarifas emitidos por dichos transportistas, camioneros, agentes de aduanas, almacenistas y otros. La Empresa no será responsable en ningún caso de las pérdidas, daños, gastos o demoras que sufran las mercancías por cualquier motivo cuando dichas mercancías estén bajo la custodia, la posesión o el control de terceros seleccionados por la Empresa para la expedición, la entrada y el despacho, el transporte o la prestación de otros servicios con respecto a dichas mercancías.

3. Selección de rutas o de agentes. A menos que se reciban instrucciones expresas por escrito de parte del Cliente, la Empresa tiene total libertad para elegir los medios, la ruta y el procedimiento a seguir en la manipulación, el transporte y la entrega de la mercancía. La indicación por parte de la Empresa al Cliente de que una persona o empresa concreta ha sido seleccionada para prestar servicios con respecto a la mercancía no se interpretará como que la Empresa garantiza o representa que dicha persona o empresa prestará dichos servicios.

4. Cotizaciones no vinculantes. Las cotizaciones respecto a las comisiones, tarifas, arancel, cargos de transporte, premia de seguros y otros cargos brindados por la Empresa al Cliente son solo con fines informativos y están sujetos a cambios sin aviso y no deberán, en ningún caso, ser vinculantes para la Empresa a menos que ésta, por escrito, se comprometa al manejo o al transporte del cargamento a una tarifa específica.

5. Deber de proporcionar información. (a) Para las importaciones, con una antelación razonable a la entrada de las mercancías en la aduana de Estados Unidos, el Cliente deberá proporcionar a la Empresa las facturas adecuadas y otros documentos necesarios o útiles para la preparación a la entrada de la aduana de Estados Unidos, y también, información adicional que sea suficiente para establecer, entre otras cosas, el valor de los derechos aduaneros, la clasificación, el país de origen, la autenticidad de la mercancía y cualquier marca o símbolo asociado a ella, el derecho que tiene el Cliente de importar o distribuir mercancía, y la admisibilidad de la mercancía, según lo establecen las leyes o normas de EE. UU. Si el Cliente no proporciona dicha información o documentos a tiempo, completa o parcialmente, tal como se requiere para completar la entrada a la aduana de Estados Unidos, o si la información o los documentos proporcionados no son precisos o están incompletos, la Empresa se verá obligada a usar su mejor criterio con relación al cargamento, lo cual incluye no tomar acción sobre el cargamento, sin incurrir en ninguna responsabilidad. Si la aduana de Estados Unidos solicita una fianza por la producción de documentos o la realización de cualquier acto, el Cliente será responsable por los términos de la fianza, a pesar de que la fianza se haya ejecutado principalmente por la Empresa entendiendo que la Empresa tomó ese compromiso en una instancia específica y en nombre del Cliente, el cual deberá indemnizar y eximir de cualquier responsabilidad a la Empresa con respecto a las consecuencias del incumplimiento de dicha fianza. (b)Para las exportaciones, con una antelación razonable a la exportación del cargamento, el Cliente deberá proporcionar a la Empresa la factura comercial en forma y número adecuados, una declaración consular adecuada, pesos, medidas, valores y otra información en el idioma requerido por las leyes y normas de Estados Unidos y el país de destino de los bienes. (c) Tanto para las exportaciones como para las importaciones, la Empresa no será responsable por el aumento de aranceles, sanciones, multas o gastos, a menos que se hayan causado por la negligencia u otro error de la Empresa, en cuyo caso, la responsabilidad que tiene con el Cliente la regirá las provisiones del párrafo 10. El Cliente está obligado y debe garantizar la precisión de todas las facturas, documentos e información que le proporciona a la Empresa tanto él como sus agentes por la exportación, entrada u otros propósitos y el Cliente está de acuerdo en indemnizar y eximir de responsabilidad a la Empresa por cualquier aumento de aranceles, sanciones, multas o gastos, incluyendo honorarios de abogados que resulten de cualquier imprecisión u omisión o cualquier falla de presentación a tiempo, incluso si el Cliente no cometió ninguna negligencia.

6. Deber de proporcionar información precisa. El cliente debe brindar información precisa y completa sobre cualquier cargamento para el cual la Empresa organice el transporte. La presentación de información incompleta o imprecisa relacionada con cualquier cargamento, incluido las descripciones, cantidades, clasificaciones, pesos, precios de compra, descuentos, comisiones, precios de venta cambiados al momento de su exportación, asistencia, país de origen, etc., puede hacer que el Cliente o la Empresa sean responsables de severas multas o sanciones gubernamentales. En el caso de que la información brindada a la Empresa, o aquella que acompañó al cargamento, no refleje correctamente toda la transacción, es fundamental que el Cliente notifique de inmediato a la Empresa. Si no se hace, se considerará un incumplimiento de estos términos y condiciones.

7. Mantenimiento de registro de datos. El cliente reconoce que es el único responsable de mantener los registros necesarios por ley o para uso en su propio negocio y la Empresa no tiene obligación alguna sobre ello. La Empresa sólo estará obligada a mantener los registros que le exijan las leyes o reglamentos aplicables, incluido el 49 C.F.R. Parte 371. A menos que contradiga lo establecido por las leyes o normas, el Cliente renuncia al derecho de acceder a tales registros; los registros mencionados son confidenciales y pueden llegan a constituir información confidencial y la Empresa no tiene responsabilidad alguna con el Cliente si una autoridad competente determina que la primera no cumplió con las leyes o normas relevantes de gestión de registros.

8. Declaración de mayor valoración. En la medida en que los camioneros, transportistas, trabajadores del depósito y demás individuos a quienes se le confían los bienes, usualmente limiten su responsabilidad por pérdidas y daños a menos que se declare un valor mayor y un cargo en base a dicho valor mayor se acuerde con los camioneros, etc., la Empresa debe recibir instrucciones específicas por escrito del Cliente a pagar dicho precio mayor en base al valor del bien y los camioneros, etc., deben aceptar dicho valor mayor declarado, de lo contrario el valor que el Cliente puso sobre los bienes se considerará únicamente para propósitos de exportación o aduana y se entregarán a los camioneros, etc., sujetos a la limitación de responsabilidad establecido aquí debajo, en el párrafo 10 con respecto a cualquier reclamo en contra de la Empresa y sujeto a las provisiones del párrafo 2 que se encuentra arriba.

9. Seguro. La Empresa realizará la labor razonable de gestionar seguros marítimos, contra fuego, robo, y otros tipos de seguros sobre los bienes sólo si recibe instrucciones específicas por escrito con tiempo suficiente antes del envío desde el punto de origen; y, si al mismo tiempo, el Cliente indica específicamente, el tipo y la cantidad de seguros que requiere. La Empresa no se compromete ni garantiza que dicho seguro podrá o será colocado. A menos que el Cliente tenga su propia póliza flotante de transporte marítimo, el seguro se efectuará con una o más Empresas de seguros o con otras aseguradoras elegidas por la Empresa. Cualquier seguro que se coloque deberá estar regulado por el certificado o póliza emitido y sólo entrará en efecto si dichas Empresas de seguros o aseguradoras lo aceptan. Si un asegurador, por alguna razón, disputa su responsabilidad, el asegurado tendrá que ejercer el derecho de recurso únicamente sobre el asegurador y la Empresa no tendrá ningún tipo de responsabilidad, a pesar de que la prima de la póliza no tenga el m ismo valor que la que el Cliente pagó a la Empresa, o, aunque el envío estuviese asegurado por una póliza a nombre de la Empresa. El Cliente deberá cubrir el pago de las primas de seguros y el cargo que cobra la Empresa por gestionarlos. Si por alguna razón los bienes permanecen en el depósito, o cualquier otro lugar, no lo cubrirá ningún seguro, a menos que la Empresa reciba instrucciones por escrito del Cliente. A menos que se acuerde por escrito, la Empresa no asume ningún tipo de responsabilidad de gestionar el seguro de cualquier envío de exportación o importación que no le corresponda.

10. Límite de $50 por envío. El Cliente está de acuerdo en que la Empresa, por ninguna razón, será responsable de pérdidas, daños, gastos o demoras de las mercancías como resultado de la negligencia u otro error de la Empresa por cualquier monto superior a $50.00 por envío (o el valor de la factura, si es menor) y cualquier pérdida parcial o daño por el cual la Empresa sea responsable, deberán ser abonados prorrata en base a tal valor. El Cliente tiene la opción de pagar una compensación especial para aumentar la responsabilidad de la Empresa en montos mayores a $50 por envío en el caso de alguna pérdida, daño, gasto o atraso por causas que responsabilicen a la Empresa, sin embargo, esta opción puede ejercitarse sólo mediante un acuerdo específico por escrito con la Empresa antes del envío, dicho acuerdo debe indicar el límite de responsabilidad de la Empresa y la compensación especial a la Empresa por la adición de responsabilidad que asumirá.

11. Presentación de reclamos. A menos que la ley disponga lo contrario, la Empresa no será responsable, en ninguna circunstancia, por cualquier acto, omisión o incumplimiento en el que incurra en relación con el transporte de envíos, a menos que se presente un reclamo en las oficinas de la Empresa dentro de los veinte (20) días posteriores a la fecha inicial de transporte de las mercancías por medio de una declaración por escrito a la que se le debe adjuntar una prueba jurada del reclamo. No se realizará ninguna acción judicial por ningún reclamo o demanda contra la Empresa, a menos que se realice dentro de los seis (6) días posteriores a la presentación de dicho reclamo, como se establece anteriormente. Cualquier reclamo que reciba la Empresa por el cual no tenga responsabilidad alguna, la única función de la Empresa será la de transmitir el reclamo al transportista responsable, y, luego, proporcionar una asistencia razonable al Cliente para realizar dicho reclamo contra dicho transportista. Ningún agente o empleado de la Empresa está autorizado para alterar o anular ninguna de las provisiones de esta cláusula.

12. Responsabilidad de la Empresa. Se acuerda que cualquier reclamo o demanda por pérdida, daño, gasto o atraso debe realizarse únicamente a los transportistas, camioneros, lancheros, transitarios, despachantes de aduana, agentes, trabajadores de depósito u otros individuos que estuvieren a cargo de las mercancías al momento de dicha pérdida, daño, gasto o atraso, y que la Empresa no será responsable de ningún reclamo o demanda de cualquier causa, a menos que en cada caso, las mercancías hayan estado bajo la real custodia o control de la Empresa y se pruebe que los supuestos daños que hayan ocurrido, fueron producto de una negligencia u otro error de la Empresa, sus miembros o empleados, en cuyo caso, aplicaría el límite de responsabilidad establecido en el párrafo 10. En ninguna circunstancia, la Empresa será responsable por ningún daño especial o incidental, incluyendo, pero sin limitarse a, pérdida de ganancia, sin importar si la Empresa había notado la posibilidad de que ocurran dichos daños. La Empresa no será responsable de ninguna pérdida, daño, falta de entrega o demora causado por el accionar, incumplimiento u omisión del Cliente o destinatario, la naturaleza del Envío o cualquier defecto, característica o vicio inherente a los bienes, cualquier caso de fuerza mayor, riesgos por el aire, enemigos públicos, autoridades públicas que actúan con autoridad real o aparente de la ley, acciones u omisiones de Aduana o de funcionarios de cuarentena, motines, huelgas, conmociones civiles, riesgos inherentes a un estado de guerra, terrorismo, condiciones climáticas, atrasos de aeronaves u otros vehículos usados para el servicio de transporte o acciones u omisiones de cualquier transportista o cualquier entidad o persona a quien la Empresa le ofrece un envío de transporte aparte del que se proporciona y lo acuerda con el Cliente, sin importar si este lo pidió o tenía conocimiento del arreglo de entrega con un tercero.

13. Adelantos de dinero. La Empresa no se verá obligada de incurrir en ningún gasto, pago garantizado o adelanto de dinero en relación con la importación, envío, transporte, seguro, almacenaje o embarrilado de las mercancías, a menos que el Cliente lo haya proporcionado a la Empresa bajo demanda. La Empresa no se verá obligada a entregar adelantos de gastos de transporte, derechos aduaneros o impuestos de ningún envío, y tampoco debe interpretarse ningún adelanto de dinero que realice la Empresa como una renuncia a las disposiciones aquí provistas.

14. Pagos atrasados. FAK se reserva el derecho de aplicar un recargo por atraso e interés en cualquier factura vencida. A menos que exista un acuerdo que establezca lo contrario, los términos comerciales estándares de FKA son NET 30. Por lo tanto, se aplicará un interés diario, que continuará acumulándose hasta que el saldo de la cuenta esté al corriente. La tasa de porcentaje anual será del cuatro por ciento (4 %) anual en todos los saldos de cuenta vencidos.

15. Cancelación de envíos. Cualquier envío cancelado dentro de las 24 horas de la solicitud de reserva, puede estar sujeto a la cancelación del recargo. Aunque FAK se esforzará por mitigar los recargos de cancelación de terceros, si un tercero decide aplicar dicho recargo de manera regular, FAK le pasará dichos cargos al cliente.

16. Indemnización por Transporte, obligaciones. En el caso de que un transportista, otra persona o cualquier agencia gubernamental haga un reclamo o establezca una acción legal contra la Empresa por transporte, obligaciones, impuestos, sanciones, daños liquidados u otro monto de dinero que pudieran surgir del envío de bienes del Cliente, éste acuerda a indemnizar y eximir de responsabilidad a la Empresa de cualquier monto que ésta deba pagar a dicho transportista, persona o agencia gubernamental junto con gastos razonables, incluyendo honorarios de abogados, en los que haya incurrido al Empresa para defender dicho reclamo o acción legal y obtendrá un reembolso de parte del Cliente. La confiscación o detención de bienes que realice cualquier autoridad gubernamental no deberá afectar o disminuir la responsabilidad de la Empresa de pagar todos los cargos u otros montos de dineros requeridos sin demora cuando se lo solicite.

17. Indemnización. LOS CLIENTES DEBEN DEFENDER, INDEMNIZAR Y EXIMIR DE RESPONSABILIDAD A LA EMPRESA Y DEBERÁN PAGARLE Y REEMBOLSARLA POR CUALQUIER RECLAMO, DAÑO, RESPONSABILIDAD, MULTAS, SENTENCIAS, SANCIONES Y MONTOS (INCLUYENDO HONORARIOS RAZONABLES DE ABOGADOS) QUE SURJAN DE O ESTÉN RELACIONADOS CON: (i) EL INCUMPLIMIENTO POR PARTE DEL CLIENTE DE ESTOS TÉRMINOS Y CONDICIONES; (ii) LA NEGLIGENCIA U OTRO COMPORTAMIENTO ILÍCITO DEL CLIENTE, SUS AGENTES, CONTRATISTAS O EMPLEADOS; (iii) SI EL CLIENTE, SUS AGENTES, CONTRATISTAS O EMPLEADOS VIOLAN CUALQUIER LEY, NORMA O REGLAMENTO APLICABLE; O (iv) SI EL CLIENTE NO PROPORCIONA, O EL CUMPLIMIENTO O LA CONFIANZA DE LA EMPRESA EN, INSTRUCCIONES, DIRECCIONES O SOLICITUDES DEL CLIENTE. SIN PERJUICIO DE LO ANTERIOR, LA OBLIGACIÓN DEL CLIENTE DE EXIMIR DE RESPONSABILIDAD, DEFENDER, INDEMNIZAR, PAGAR Y REEMBOLSAR NO SE APLICARÁ EN LA MEDIDA EN QUE CUALQUIER RECLAMO SEA CAUSADO POR LA NEGLIGENCIA O LA MALA CONDUCTA INTENCIONADA DE LA EMPRESA. LOS SERVICIOS CONTEMPLADOS AQUÍ SE BRINDAD «TAL CUAL» Y «COMO ESTÁN DISPONIBLES» SIN GARANTÍAS DE NINGÚN TIPO, YA SEAN EXPRESAS O IMPLÍCITAS, INCLUIDAS, ENTRE OTRAS, LAS GARANTÍAS DE IDONEIDAD PARA UN FIN DETERMINADO. LA EMPRESA NO ES RESPONSABLE DE LAS CONSECUENCIAS DEL ROBO DE IDENTIDAD O DE LA CONDUCTA FRAUDULENTA DE TERCEROS, INCLUIDA LA UTILIZACIÓN DE LOS SERVICIOS DE ENTIDADES QUE SE PRESENTAN COMO TRANSPORTISTAS CUALIFICADOS O REPRESENTANTES DE ESTOS.

18. Venta de productos perecederos. Los productos perecederos o los animales vivos que vayan a ser exportados a través de aduana en relación con los cuales el Cliente no haya dado instrucciones para su disposición, podrán ser vendidos o dispuestos de otro modo sin necesidad de avisar al Cliente, al propietario o al consignatario de las mercancías, y el pago o la entrega del producto neto de cualquier venta, una vez deducidos los gastos, equivaldrá a la entrega. En caso de que tal cargamento sea rechazado o no sea reclamado en el destino o en cualquier punto de transbordo en el curso del tránsito o sea devuelto por cualquier razón, el Cliente deberá, no obstante, pagar a la Empresa por todos los cargos y gastos relacionados con el mismo. Nada de lo aquí estipulado obligará a la Empresa a remitir, introducir o despachar las mercancías o disponer de ellas.

19. Almacenamiento. Si el consignatario rechaza cualquier envío o si la Empresa no puede organizar la entrega de una parte o de todo el envío por culpa o error del Cliente o del consignatario, o si el Cliente informa y da instrucciones a la Empresa para que detenga el transporte de la carga y para que la retenga en tránsito, la responsabilidad de la Empresa de ahí en adelante será inmediatamente la de un almacenista. Los procedimientos a los que la Empresa acuerda y asume como almacenista implican el uso de cuidado ordinario para mantener el envío en un lugar razonablemente seguro o adecuado. En ningún caso la responsabilidad de la Empresa por pérdidas o daños a cualquier cargamento almacenado será mayor que la establecida en los términos y condiciones del párrafo 10. La Empresa (a) intentará notificar al Cliente lo antes posible si ocurre lo anterior, (b) colocará la carga en un almacén, si está disponible, a menos que la Empresa reciba instrucciones de disposición contrarias del Cliente en un plazo de veinticuatro (24) horas, y (c) si el Cliente no da instrucciones de disposición en un plazo de treinta (30) días desde la notificación inicial de la Empresa al Cliente, La Empresa podrá ofrecer el envío para su venta pública o privada, devolver el envío al Cliente por cuenta y riesgo de éste, o colocar el envío en un almacén público por cuenta del Cliente y, en tal caso, la Empresa no tendrá ninguna otra responsabilidad u obligación con respecto al envío. El Cliente será responsable por los costos de almacenamiento y los costos razonables que la Empresa incurra mientras actúa como almacenista. Si el Cliente le da a la Empresa instrucciones de disposición en tiempo y en forma, la Empresa deberá realizar los pasos comerciales razonables para cumplir con tales instrucciones, de acuerdo con este contrato. El Cliente deberá pagar los costos de la Empresa y cualquier costo adicional de transporte en que la Empresa incurra al hacerlo. EL CLIENTE DEBERÁ PERMANECER CONJUNTA Y SOLIDARIAMENTE RESPONSABLE A LA EMPRESA POR CUALQUIER DEFICIENCIA EN CASO DE QUE LAS GANANCIAS DE LAS VENTAS NO SE SUFICIENTES PARA CUBRIR TODOS LOS GASTOS DEBIDOS A LA EMPRESA CON RESPECTO A CUALQUIER CARGAMENTO. LOS EXCESOS DE GANANCIA DE UNA VENTA SE USARÁN, PRIMERAMENTE, PARA PAGAR CUALQUIER GRAVAMEN U OBLIGACIÓN DE LA EMPRESA, Y EL SALDO RESTANTE SE LE ENTREGARÁ AL CLIENTE. EL CLIENTE ESTÁ DE ACUERDO EN DEFENDER, INDEMNIZAR Y EXIMIR DE RESPONSABILIDAD A AL EMPRESA CONTRA CUALQUIER PÉRDIDA Y GASTO, INCLUYENDO HONORARIOS DE ABOGADOS, DE CUALQUIER NATURALEZA IMPUESTO POR UN TERCERO QUE TENGA UN INTERÉS EN LOS BIENES QUE SE VENDEN EN VIRTUD DE ESTA DISPOSICIÓN.

20. C.O.D. Cargamentos. Las mercancías que se reciben bajo las instrucciones del Cliente o de otra persona para «Pago contra reembolso» (COD) por transferencias u otros, o para cobrar en un plazo específico mediante giros a plazos determinados u otros, los acepta la Empresa sólo mediante la comprensión expresa de que se realizará con un cuidado razonable la elección del banco, receptor, transportista o agente a quien se le mandará el bien para su cobro, y la Empresa no será responsable de ningún accionar, omisión, incumplimiento, suspensión, insolvencia o falta de cuidado, negligencia o error de dicho banco, receptor, transportista o agente, tampoco será responsable de ningún atraso del giro perdido en el cambio, o pérdida durante la transmisión, o durante el cobro.

21. Gravamen general sobre cualquier pertenencia. La Empresa deberá tener un gravamen continuo y general sobre cualquier tipo de pertenencia (y los documentos relacionados) del Cliente, en su posesión, custodia o control o en tránsito, para todos los reclamos de cargos, gastos o anticipos en los que incurrió la Empresa, relacionado con cualquier cargamento del Cliente y puede rehusarse a entregar la posesión de cualquier cargamento hasta que dichos cargos sean solventados por el Cliente. Si dichos reclamos no se solucionan en treinta (30) días después de la demanda de pago, la Empresa, notificando por escrito al Cliente diez (10) días antes mediante correo certificado (R.R.R, por sus siglas en inglés), puede realizar una venta en una subasta pública o una venta privada de los bienes, productos y/o mercancía o todo lo que sea necesario para cubrir dicho gravamen y aplicar la ganancia neta de dicha venta a la deuda del Cliente con la Empresa. Cualquier excedente de dicha venta será entregado al Cliente, el cual será responsable de cualquier deficiencia de la venta.

22. Compensación a la empresa. La compensación hecha a la Empresa por sus servicios debe incluirse con las tasas y cargos de todos los transportistas y otras agencias elegidas por la Empresa para transportar y gestionar los bienes, y dicha compensación no debe incluir ningún corretaje, comisiones, dividendos y otros ingresos que recibe la Empresa de los transportistas, aseguradores, etc. relacionado con el cargamento. En cualquier remisión para el cobro o acción contra el Cliente por dinero adeudado a la Empresa, una vez que la Empresa lo recupera, el Cliente deberá pagar los gastos de cobro y/o litigio, incluyendo honorarios de abogados.

23. Recolección de cargamentos de muestras. La Empresa no se verá obligada a recolectar cargamentos de un transportista de una muestra de la aduana de Estados Unidos. Si la Empresa llegará a realizar tal servicio por y en nombre del Cliente, la primera no será responsable de pérdida o daño del cargamento, a menos que éste se encuentre en real custodia y control de la Empresa y sus empleados y la pérdida o el daño lo haya causado la negligencia u otro error de la Empresa o sus empleados, en cuyo caso, aplicaría la limitación de responsabilidad que se establece en el párrafo 10.

24. Materiales peligrosos. Los cargamentos que contienen materiales peligrosos sólo se podrán manejar una vez que la Empresa reciba el consentimiento expreso por escrito. El Cliente sigue siendo responsable del cumplimiento de todos los requisitos de envasado, embalaje y etiquetado.

25. Cumplimiento de la ley por parte del cliente. El Cliente tiene la responsabilidad de conocer y cumplir con todas las leyes de control de exportaciones de Estados Unidos, los requisitos de marca de la Aduana y Protección Fronteriza de Estados Unidos, las normativas de la Administración de Drogas y Alimentos de Estados Unidos, y demás requisitos, incluyendo cualquier normativa de agencias federales, estatales y/o locales con respecto a la mercancía. La Empresa no será responsable de la acción que se tome (incluyendo daños resultantes de inspecciones) o multas o sanciones aplicada por cualquier agencia gubernamental contra el cargamento ya sea o no culpa del Cliente por no cumplir con la ley o los requisitos o normativas de cualquier agencia gubernamental o por una notificación hecha al Cliente por dicha agencia.

26. Pérdida, daño o gastos por demora. A menos que los servicios que vaya a realizar la Empresa en nombre del Cliente se atrasen por razones de negligencia u otro error de la Empresa, teniendo la real custodia o control del cargamento, la Empresa no será responsable de ninguna pérdida, daño o gasto en el que incurra el Cliente debido a dicha demora. En caso de que el error sea de la Empresa, como se menciona arriba, la responsabilidad de ésta es limitada de acuerdo con los dispuesto en el párrafo 10.

27. Construcción de términos y la sede. Los términos y condiciones anteriores deben interpretarse de acuerdo con las leyes del Estado de Texas. A menos que la Empresa exprese su consentimiento por escrito de lo contrario, el Cliente, sus apoderados o subrogatorios no iniciará ningún procedimiento legal contra la Empresa, excepto en los tribunales estatales o federales de Webb County, Texas.

28. Exención de responsabilidad en los cargamentos de México. A pesar de lo que diga cualquiera de estos términos y condiciones o en cualquier otro lado que lo contradiga, con respecto a la responsabilidad de la Empresa por cualquier cargamento perdido o dañado, la Empresa y el Cliente están de acuerdo en que todos los cargamentos que se originan o están destinados a México, de considerarán como originados o destinados al punto fronterizo en Estados Unidos, a pesar de la emisión de un conocimiento de embarque combinado o cualquier otro documento. La Empresa no será responsable por pérdida, daño o demora del cargamento, si dicha pérdida, daño o demora ocurre en México. Según lo permite el Código 49 U.S.C. §14101(b)(1), la Empresa y el Cliente renuncian expresamente a todos los derechos y medidas compensatorias que tengan el uno con el otro bajo el código 49 U.S.C. § 14706 para todos los reclamos de pérdida, daño o demora de cargamento que se originen en México, y el Cliente está de acuerdo en que la Empresa no sea responsable por tales reclamos. En caso de que la pérdida o el daño del cargamento se descubra por primera vez luego de la entrega de la carga en México, ya sea que la carga se haya originado o haya estado destinada a México, se presumirá que el daño que ocurrió en México, a menos que exista una prueba irrefutable de lo contrario. Salvo que se indique lo contrario en estas condiciones, ninguna de las partes renuncia a los derechos o recursos que pueda tener frente a terceros.

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